REVISTA DE CIENCIAS SOCIALES - SAN LORENZO VI
Esta es una revista complementaria en base a fuentes bibliográficas seguras en la Web y otras fuentes escritas en la asignatura de Ciencias Sociales para estudiantes de sexto de secundaria en la Unidad Educativa San Lorenzo de Colcapihua.
lunes, 7 de diciembre de 2020
jueves, 9 de junio de 2016
Descolonización en Bolivia, avances y reflexiones
Modelos normativos, diseños institucionales y
proyectos de vida deben incorporar ahora el concepto de descolonización según
norma el Artículo 9 de la Constitución Política vigente. Si bien existen
avances, como viceministerios, instituciones públicas y experiencias que
respaldan este fin del Estado, aún existe un largo trecho por recorrer, tanto
en la ciudadanía como en las instancias gubernamentales. Esta es la conclusión
que puede extraerse del "Primer Encuentro Nacional sobre
Descolonización," que efectuó el Viceministerio de Descolonización con el apoyo del Programa
de Fortalecimiento Democrático del PNUD e IDEA Internacional en la ciudad de La
Paz.
Otro aspecto importante radica en comprender este
concepto en su real magnitud y no tomarlo como un retroceso (tomar las lenguas
nativas para usarlas en el Estado o retornar a la constitución del Tawantinsuyo). Según
Idón Chivi, director general de Administración Pública Plurinacional, la descolonización
es un proceso que implica por un lado recuperar la afirmación
identitaria de las naciones y por el otro liberarla de las formas perversas del
capital, que representa la forma contemporánea de dominación colonial.
Esta última, afirma la autoridad, se presenta mediante la geopolítica del
conocimiento, con una matriz euro-anglo-céntrica; la tecnología del poder, de
corte liberal; y horizontes de vida individualizantes y reticentes a la
solidaridad.
La Constitución, por su parte, entiende a la descolonización
como un fin esencial de Estado para construir una sociedad justa y armoniosa,
sin discriminación ni explotación destinada a consolidar las identidades
plurinacionales. En esta línea, Chivi asegura que toda la institucionalidad
estatal, empresas públicas e incluso mixtas, tienen este mandato y afirma que
"toda actividad gubernamental o personal que resalta la dignidad humana es
un acto de descolonización".
El horizonte
"descolonizador"
El Viceministerio de Descolonización, a fin de
respaldar esta política, se ha trazado 3 metas: visibilización las relaciones
de dominio colonizador, desestabilización y puesta en crisis de estos órdenes y
la transformación de estas relaciones sociales de dominio para construir una
sociedad justa y armoniosa. Y aunque se trata de una tarea que no tiene
recetas fijas, de hecho la creación de este Viceministerio en 2009 es
innovadora en América Latina, hay algunos avances.
Desde el Estado, la creación del Viceministerio de Justicia
Indígena, de Medicina Tradicional, de Coordinación con Movimientos
Sociales, de Planificación Estratégica, la Escuela de Gestión Pública
Plurinacional y la Unidad de Control Social del Banco Central de Bolivia, y desde la sociedad civil,
grupos de intelectuales como José Luis Saavedra, quién trabajó una malla
curricular sobre descolonización, Carlos Mamani y Reynaldo Conde, así como
grupos de reflexión asentados en el Café Semilla Juvenil, en Cochabamba;
colectivo Jaina, en Tarija; Fundación Siglo XXI, en Santa Cruz, entre otros.
También figuran la presentación
del anteproyecto de "Ley de Equivalencia Constitucional", que
profundiza los mecanismos para la designación paritaria de los niveles
jerárquicos de los órganos del Estado, y el "Plan de Matrimonios con
Identidad, Casa y Proyectos Productivos", que recupera modelos de
composición familiar de base indígena y añade la transferencia de un domicilio
y un proyecto productivo a las familias, ambas iniciativas del Gobierno.
Sin embargo, pese a estos avances, Bolivia continúa
siendo un Estado colonial. Esa es la percepción del sociólogo Félix Patzi,
quién afirma que las estructuras sociales institucionales, como el Ejercito o
la Policía, han sido trabajadas en función de las pertenencias étnicas, que
divide a las razas, lo que no está cambiando, y que las iniciativas del
Gobierno, por ejemplo en la elaboración de las 5 leyes
fundamentales, asumen a los indígenas como grupos étnicos y no
como un sistema, que realmente constituyen.
Por su parte, Raúl Prada, viceministro de
Planificación Estratégica, señala que Bolivia sigue con las viejas normas,
prácticas y administración de políticas públicas. "No hemos cambiado la
mentalidad de los funcionarios públicos, esto significa que no hay una descolonización,
sino una re-colonización del Estado", señala y afirma que un acercamiento
entre el Estado y la participación abierta de los movimientos sociales puede
ayudar en ello.
http://www.gobernabilidad.org.bo/eventos/deliberacion/634-descolonizacion-en-bolivia-avances-y-reflexiones
DESCOLONIZACION Y DESPATRIARCALIZACION (Sintesis
¿Por qué
abordar la descolonización y la despatriarcalización en el Estado
Plurinacional?
- Como emergencia del movimiento indígena originario campesino y las luchas sociales en Bolivia – Creación de al CPE y el Estado Plurinacional.
- Actores históricamente marginados, discriminados y excluidos son protagonistas de este proceso
- La erradicación de los patrones y modelos colonizadores y patriarcales instaurados, durante el periodo de la colonia y de la república, por constituirse estos, en mecanismos y herramientas de vulneración permanente y sistemática de los derechos humanos en el transcurso de la historia de Bolivia.
- Todo ciudadano tiene el deber y la obligación de contribuir en la eliminación progresiva de los modelos de colonización y patriarcado vigentes e institucionalizados en los ámbitos político, económico, social, jurídico, cultural, público, privado y en otros aspectos,
¿Qué es
colonización?
- Desde el ámbito colonialista, colonización es la acción de dominar un país o territorio (la colonia) por parte de otro (la metrópoli). El proceso de colonización puede ser de carácter económico, político, militar, cultural, o presentar otras manifestaciones; así como desarrollarse de forma violenta o pacífica.
- El colonialismo interno es, fundamentalmente, la reproducción de las relaciones de explotación, discriminación, racismo y dominación. Para los pueblos indígenas el colonialismo interno ha tenido y tiene efectos negativos en su identidad, la propiedad y control de sus territorios, el uso de su lengua, sus instituciones políticas y sociales, sus formas de organización, tradiciones, prácticas religiosas y valores culturales
- El colonialismo interno desarrolla procesos mediante los cuales los pueblos culturalmente distintos (generalmente llamados etnias o grupos étnicos) pierden su identidad debido a políticas diseñadas para eliminar sus territorios, el uso de su lengua, sus instituciones políticas y sociales, sus formas de organización, sus tradiciones, prácticas religiosas y valores culturales. Estos procesos son la expresión de la herencia colonial que dejó la conquista española en América Latina.
- El colonialismo interno es un sustrato profundo de percepciones, mentalidades y prácticas sociales que organizan la sociabilidad y la convivencia.
- En Bolivia se caracteriza por la negación de la cultura de los pueblos indígenas y originarios y la imposición autoritaria de la monoculturalidad.
- El colonialismo interno acarrea desigualdad y asimetría en todos los órdenes y establece relaciones de dominación que atraviesan al conjunto de las prácticas sociales y constituye identidades sociales que no ven al otro como igual, sino como inferior.
- Otros autores dicen:
- Son las formas de autocolonización y de bloqueo cultural de una clase dominante contra sus mismos pueblos, para satisfacer enclaves de desarrollo exógeno y contrario al sostenimiento ecológico y cultural.
“Una de las expresiones más
enraizadas del colonialismo es el patriarcado, tema que pasamos a considerar”
¿Qué es la Descolonización?
- Es el proceso mediante el cual una colonia accede a la independencia de los pueblos y territorios sometidos a dominación política, social y económica por parte de potencias extrañas, se trata de un proceso opuesto al colonialismo. Es decir, es un proceso político mediante el cual una colonia se libera de su metrópolis y que con frecuencia involucra la violencia. En circunstancias extremas se puede llegar a una guerra de independencia, a veces después de una revolución.
- Se puede decir que la descolonización en nuestro país es, “borrar las diferencias de antes”, es decir, hacer que las oportunidades laborales, económicas y políticas lleguen a todos y no solamente a un grupo de privilegiados, igualdad de oportunidades, a la eliminación del racismo, de todo tipo de racismo; donde a la gente se mire por su capacidad, por sus méritos y conocimientos, indistintamente de su pertenencia étnica. Y por otro lado, se trata de “la concepción del mundo” ya que hasta ahora se reconoció como único y universal el conocimiento moderno y científico, sin tomar en cuenta los otros saberes, como el indígena por ejemplo.
Descolonizar
es:
1.
Un proceso de liberación del pensar, sentir y conocer de los pueblos
colonizados, aún vigentes.
2. Des-armar las estructuras coloniales de desigualdad y de discriminación
instauradas desde la colonización y que se mantienen en nuestros Estados-
Nación.
- - “La descolonización es la concentración de energías
estatales para combatir racismo y patriarcado (el sustrato de la colonialidad),
y se lo hace estableciendo de forma crítica el funcionamiento de la
colonialidad del saber, del poder y del ser”
(Mamani y Chivi: 31).
“No
hay descolonización sin despatriarcalización”
Algunas acciones de descolonización
1. Recuperar las identidades étnicas y
culturales, espirituales y la cosmovisión de los pueblos y naciones
originarias,
2. Recuperar la autoestima mediante la toma
de conciencia y la reflexión sobre los valores y principios ancestrales, las
formas de organización social, el aprovechamiento de los recursos naturales y
las formas de educación originaria para una mejor formación de recursos humanos
vinculados al proceso de descolonización.
3. Recuperar los saberes y conocimientos,
la lengua, la etnohistoria, la tradición y la historia oral de los pueblos
originarios
4. Luchar contra el racismo, la
discriminación y todas las formas de sumisión y subordinación implica su
eliminación en todos sus aspectos étnicos, socioculturales y económicos, así
sea mediante mecanismos políticos, jurídicos y legislativos
5. Enfrentar todas las formas de exclusión
social, cultural y económica, lo cual implica luchar por los derechos civiles y
políticos de todos, hombres y mujeres, que buscan la igualdad y la justicia.
6. Luchar contra el patriarcado
¿Qué es el patriarcado?
- El patriarcado hace referencia a la forma de organizar la sociedad y el
Estado alrededor de la superioridad (supremacía) y del dominio del
hombre en todos los ámbitos (económico, político, cultural) y en todas las
relaciones sociales (la familia, la comunidad, las instituciones, etc.).
-
Esta dominación masculina se
funda en la diferencia de los órganos sexuales de hombres y mujeres, a partir
de la cual y de forma arbitraria se asignan roles y se divide el trabajo,
siempre en una relación de sometimiento (subordinación) de las mujeres.
-
Considera el sometimiento de
las mujeres como algo ‘natural’ y legítimo, que no necesita justificarse y
sobre esa idea falsa organiza la familia, la comunidad, la escuela, las
organizaciones, la religión, los valores, las normas, el cuerpo, la sexualidad,
las formas y las expectativas de vida.
Entonces...
- El patriarcado es el sistema de relaciones familiares, sociales y
políticas, basado en prácticas de dominación, de subordinación y de opresión.
Estas relaciones surgen por una distribución desigual de poder entre hombres y
mujeres, razón por la cual los hombres controlan los aspectos más importantes
de la sociedad, como la economía, la política, el ámbito público, el trabajo,
los recursos naturales, etc.
-
Además, el patriarcado se
sostiene y reproduce en las costumbres y tradiciones de los pueblos. Uno de los
elementos más importantes del patriarcado es que determina lo que es
masculino y lo que es femenino con base en aspectos biológicos como el sexo de
las personas: sexo masculino o sexo femenino. A partir de esta característica
biológica, se cree que todo lo que se entiende como femenino o masculino es
natural y universal. Es decir, como propios de la naturaleza de los hombres y
las mujeres y que no pueden cambiar. Estas formas de pensar son reforzadas y
legitimadas por la ciencia, la religión, los medios de comunicación, la escuela,
la justicia, la política y la familia.
Ejes del patriarcado
1) Una construcción social del cuerpo que
justifica como algo ‘natural’ la apropiación del cuerpo de las mujeres por
parte de los hombres.
2) La división sexual del trabajo, también
aceptada como natural, que permite la expropiación del trabajo de las mujeres
(labores domésticas, cuidado de otros).
4) La delimitación de un espacio
doméstico–privado, donde deben desempeñarse exclusivamente las mujeres, lo que
determina que tengan una menor presencia en el espacio público.
5) La delimitación de un espacio público
destinado sólo al ejercicio del poder masculino que no permite que las mujeres
acceden con facilidad al poder político.
6) Este sistema de dominación también se
reproduce materialmente a través de la división sexual del trabajo y la
concentración de la propiedad y la riqueza en los hombres.
8) La dependencia económica de las mujeres
que se manifiesta en la falta de ingresos propios y de acceso a bienes y
recursos.
Alrededor de estos pilares se han creado normas, valores, instituciones
y modelos de organización de la vida cotidiana que ‘eternizan’ la división
sexual del trabajo y el ordenamiento jerárquico de la sociedad y que, al ser
aceptados como ‘naturales’, hacen invisible el dominio patriarcal. Esto explica
la negación y la condena a los cambios de situación y por qué la lucha para
conseguirlos sea tan difícil y con altos costos humanos, sociales y éticos para
las mujeres.
Mientras que el eje colonial expresa un sistema de
dominio y poder que se remonta a la colonización europea (española) de la
actual América Latina y que significó la imposición por la fuerza de un orden
social y cultural considerado ‘superior’ sobre los pueblos que habitaban
originalmente estas tierras, desconociendo y negando sus organizaciones
sociales y sus formas políticas, culturales, sociales, religiosas, económicas y
de ordenamiento espacial.
¿Qué es la Despatriarcalizacion?
-
La despatriarcalización no sólo
cuestiona e interpela un orden establecido que organiza el Estado y la sociedad
bajo una supuesta supremacía masculina, sino que es un proceso subversivo que
busca deshacer, de-construir un
sistema para dar lugar a uno nuevo, proyecta, por tanto, la eliminación del
patriarcado como condición de la igualdad.
Entonces se puede entender por:……
- Entonces uno puede entender la despatriarcalización como, un proceso
de liberación, de emancipación del pensar, sentir y conocer de las mujeres y
los hombres respecto a las relaciones de dominación y opresión. Una propuesta
para superar y desarmar las estructuras de dominación, opresión y subordinación
contra las mujeres que están presentes en la familia, la sociedad y el Estado,
y que en muchos casos son mantenidas y reforzadas por los usos y costumbres.
“No es posible descolonizar sin despatriarcalizar”
Finalmente, Despatriarcalización es:
-
El enfrentamiento contra toda esa herencia
colonial; hoy es materia de
políticas públicas.
-
Es la desestabilización de relaciones sociales de
dominio y de ejercicio del poder masculino.
- Es la transgresión de las relaciones sociales,
culturales, religiosas, normativas y políticas patriarcales que tienen la misión de eternizar el
cautiverio de las mujeres. (Marcela Lagarde)
No es posible descolonizar sin
despatriarcalizar
El patriarcado es “una estructura
social jerárquica, basada en un conjunto de ideas, prejuicios, símbolos,
costumbres e incluso leyes respecto a las mujeres, por la que el género
masculino, domina y oprime al femenino” (Montero y Nieto, 2002). Esta
estructura permea las relaciones sociales en general y determina las relaciones
de poder entre mujeres y hombres. En particular, se expresa en prácticas
machistas, actitudes y conductas, individuales o colectivas, desde las cuales
se subordina, discrimina y excluye a las mujeres. Estas expresiones son
consideradas como algo natural, por constituirse en las bases de nuestras
construcciones sociales, simbólicas, reproducciones subjetivas, materiales y
prácticas institucionales, colectivas, familiares y personales. Las prácticas
jerárquicas basadas en el ejercicio de poder de los varones, consideradas como
“naturales”, tienen como soportes de reproducción y consolidación de las
normas, valores, funciones y roles imaginarios simbólicos que se asignan a las
mujeres, a las familias, las escuelas, la religión, las instituciones, los
medios de comunicación y las propias estructuras y políticas estatales.
La despatriarcalización en el
contexto político actual
El tiempo político que vive Bolivia
brinda una oportunidad histórica para plantear la despatriarcalización, ya que
hay varios aspectos del actual proceso que pueden contribuir a esa perspectiva:
1) La construcción del nuevo
marco legal para viabilizar los cambios en el Estado y la sociedad y en el cual
se ha inscrito otras propuestas de las mujeres (CPE y en otras leyes).
2) La ampliación democrática
con nuevas formas de representación y de participación directa de mujeres.
3) La descolonización
asumida como eje central del cambio, que introduce una nueva perspectiva de
construcción igualitaria, basada en la eliminación del sistema y las relaciones
coloniales de dominación y sometimiento económico, social, político y cultura.
4) La
disponibilidad ideológica que da lugar a nuevas perspectivas de organización de
la vida que se condensan en el Vivir Bien.
5) La noción de igualdad
entre naciones, pueblos y culturas indígena – originario - campesinas, que
coloca nuevos temas en la agenda pública y redefinen las prioridades y sentidos
de la acción colectiva.
6) La constitucionalización
de los derechos de las mujeres que si bien afirma formalmente la ciudadanía e
igualdad de las mujeres, permite al mismo tiempo articulan acciones desde la
sociedad civil para alcanzar una igualdad real.
7) El carácter
redistributivo del Estado que pretende contrarrestar las brechas de desigualdad
económica con políticas públicas que incluyen objetivos de equidad de género y
que amplían las perspectivas de las mujeres en cuanto a su acceso a recursos,
aunque los mismos se dan en espacios de pobreza y marginalidad.
8) La reconfiguración de las
relaciones entre Estado y sociedad civil con la ampliación de espacios públicos
estatales y no estatales, para una creciente participación y representación
política femenina, cuyo resultado es la mayor visibilidad política de las
mujeres.
9) La
ampliación de participación de los movimientos sociales como base del Estado y
del proceso de cambio y como mediador entre Estado y sociedad civil.
La
institucionalización de la despatriarcalización
Para el caso de la institucionalización de la despatriarcalización se
han identificado como problemas:
1) La falta de claridad y conceptualización
sobre los sentidos y alcances de la despatriarcalización.
2) Algunas propuestas reproducen visiones
universalistas que niegan la existencia de la diversidad cultural, como es el
caso del Chacha-warmi, que corresponde a una lógica de universalización
de la cosmovisión andina.
3) La reproducción bajo los términos de
complementariedad una nueva relación subordinada.
4) Reproducir la desigualdad entre hombres
y mujeres neutralizando el potencial de empoderamiento de las mujeres indígenas
(Celiberti, cit. Estrada, 2012: 30)
5) El reforzamiento del modelo de la
familia patriarcal y de la dependencia femenina. (Estrada, 2012:31)
6) El riesgo de promover cooptaciones
partidarias de las organizaciones de mujeres con fines distantes a los
objetivos de reivindicación de los derechos y de emancipación de las mujeres.
7) EL
riesgo de instrumentalización y pérdida de independencia política
“La
despatriarcalización tiene como cometido normar la transformación efectiva de
la vida de las mujeres para eliminar estructuras y relaciones de poder
patriarcal en la sociedad y en el Estado, y avanzar hacia relaciones
equilibradas, solidarias y de cooperación entre mujeres y hombres, como nuevo
principio democrático de género de la organización social.” (Lagarde)
Vídeos:
Bibliografía
2012 Coordinadora de la Mujer: La
Construcción de un nuevo horizonte político. La Despatriarcalización, octubre
de 2012. www.coordinadoradelamujer.org.bo Enciclopedia histórica documental del
proceso constituyente boliviano 2006-2009 Volumen I y II: Visión de país,
exposiciones de las representaciones políticas. Documento presentado por el MAS
y el MOP en la Comisión Visión País de la Asamblea Constituyente en marzo de
2007.
2011 Fundación Colectivo Cabildeo
“Reconstruyendo Practicas Políticas Democráticas, Interculturales y Paritarias
de Mujeres Indígenas y de Sectores Urbano Populares en las ciudades de La Paz y
El Alto” Diseño y diagramación e impresión: “Garza Azul” Impresores &
Editores Telefax: 2232414 • Casilla 12557 E-Mail: garzaazul@megalink.com
frramos@megalinlink.com. La Paz, Bolivia.
2011 Fundación Colectivo Cabildeo Un
proceso político y metodológico para la participación, construcción de políticas
y negociación desde las mujeres. La Paz, diciembre 2011. D.R. © Fundación
Colectivo Cabildeo, julio 2011 Pasaje Capitán Waldo Balliván N° 592. Piso 1.
Entre Rosendo Gutiérrez y Belisario Salinas Zona Sopocachi. Tel: 2416581
Fax: 2416581. E-mail: www.colectivocabildeo.org
1. MODELO Y BASES DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
© 2011, by MARGOT MARIACA
1.1 MODELO (TIPO) DE ESTADO..................................................................................... 1
1.1.1 ESTADO UNITARIO............................................................................................................... 2
1.1.2 ESTADO SOCIAL .................................................................................................................... 2
1.1.3 ESTADO DE DERECHO........................................................................................................ 3
1.1.4 ESTADO PLURINACIONAL .................................................................................................. 4
1.1.5 ESTADO COMUNITARIO ..................................................................................................... 6
1.1.6 ESTADO DEMOCRÁTICO ..................................................................................................... 7
1.1.7 ESTADO INTERCULTURAL.................................................................................................. 8
1.1.8 ESTADO DESCENTRALIZADO............................................................................................ 8
1.1.9 ESTADO CON AUTONOMÍAS.............................................................................................. 8
1.2 BASES DEL ESTADO BOLIVIANO .............................................................................. 10
1.2.1 PLURALISMO ......................................................................................................................... 10
1.2.2 PLURALISMO POLÍTICO ..................................................................................................... 10
1.2.3 PLURALISMO ECONÓMICO............................................................................................... 11
1.2.4 PLURALISMO JURÍDICO...................................................................................................... 14
1.2.5 PLURALISMO CULTURAL ................................................................................................... 15
1.2.6 PLURALISMO LINGÜÍSTICO .............................................................................................. 15
1.1 MODELO (TIPO) DE ESTADO
ARTÍCULO 1º. Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
Bolivia se constituye en un Estado. Constituir significa dar forma y, cuando de Derecho se trata, constituir equivale a determinar (formar) y fijar las reglas de funcionamiento y distribución del Poder Publico.
El Poder Publico es la suprema potestad rectora y coercitiva1 del Estado que se traduce en la fuerza de imponer decisiones de carácter general, según reglas obligatorias, a través de sus órganos e instituciones sobre cuantos residen en su territorio. El Origen del Poder público ha sido tema de polémica, a través de los siglos, cual sea el origen del poder público, para algunos, procede de Dios y recae directamente en la persona elegida para ejercerlo. Esta teoría sirvió de base a las monarquías absolutas y a los regímenes de gobierno autocrático (persona individual, partido político, grupo militar, organismo sindical). Otros muchos autores niegan el origen divino del poder público, destaca la Teoría del Contrato social expuesta en “El Contrato Social o Principios De Derecho Político” (1762) por Jean-Jacques Rousseau, que dice que el poder público es un atributo del pueblo que es delegado en una constituyente a sus delegados— no representantes—con las formas constitucionalmente establecidas.
“Bolivia se constituye en un Estado”. Y, ¿que es el Estado? Es la sociedad política y jurídicamente organizada capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares del exterior. Si la potestad es ejercida hacia sus ciudadanos se llama imperium (capacidad de castigo) y si es ejercida hacia el exterior, hacia otros Estados, se llama soberanía (autodeterminación).
Los Modelos Estructurales De Estado son: el Estado Unitario, el Federal, el Confederado, los Estados simples y los Estados compuestos. “Bolivia se constituye en un Estado Unitario”, significa el Estado Unitario es aquel regido en base a la unidad legislativa por un gobierno central con poderes plenos sobre todo el territorio nacional.
El Estado Unitario se caracteriza por tener: a) Centralización del poder político, existe una sola autoridad, aunque puede existir una descentralización administrativa como en el caso de Bolivia, las prefecturas de los departamentos están descentralizadas; b) Unidad del ordenamiento jurídico, el poder judicial es único en todo el territorio, la Constitución política y las leyes rigen todo el territorio; c) Jerarquía, que es de carácter administrativo, no político.
“Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social”. Un Estado Social es aquel en el cual el gobierno ejecuta determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el ‘bienestar’ de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y, en general, todo el espectro posible de seguridad social.
El Estado social se ocupa de proteger a los individuos ante el desempleo, la incapacidad laboral, la jubilación y la enfermedad, todo ello en la medida en que lo posible y oportuno. Pero también, en este modelo de Estado, el individuo tiene obligaciones para con el Estado. Por ejemplo el pago de las cuotas sociales para la Seguridad Social.
Las bases del Estado Social son:a) Justicia social. Para los partidos revolucionarios, por justicia social se entiende la implantación de sistemas socialistas. Para el liberalismo sincero y progresivo la justicia social se condensa en el intervensionismo del Estado sobre la economía capitalista reconociendo ciertas reivindicaciones de las clases trabajadoras. Para la Iglesia católica justicia social es la distribución mas justa de los beneficios del trabajo. Sin embargo, en apreciación mas serena, la justicia social parece situarse en la zona de enlace del liberalismo avanzado y el socialismo orgánico.
b) Economía intervenida por el Estado. ¿Como se interviene en la economía? En un principio lo hizo reconociendo derechos sociales, mas tarde con el sistema regulatorio a través de las superintendencias sobre las empresas privadas y actualmente estableciendo la economía plural que incentiva cuatro formas de organización económica: la comunitaria, la estatal, la privada y la cooperativa (CPE, 306 numeral II, 307 - 310).
Las características del Estado Social son:a) Economía intervenida y dirigida por el Estado. No planificada. Es planificada en el Estado socialista, no en el Estado social.
b) El Estado interviene en la relación empleado-empleador.
c) Reconocimiento de derechos colectivos y
d) Búsqueda de justicia social.
1.1.3 Estado de Derecho
“Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho”. Estado de Derecho es la organización política de la vida social sujeta a procedimientos regulados por ley en el cual los actos del Estado están limitados estrictamente por un marco jurídico supremo (la CPE) guiado por el Principio de Legalidad y el respeto absoluto de los derechos fundamentales (imperio de la ley).
El comportamiento estatal no puede ser discrecional. Sus actos están sometidos a la Constitución política del Estado, marco que no debe rebasar. Además los actos del Estado deben estar guiados, siempre, por el Principio De Legalidad, ya sea el formal o el sustancial.
No configura un Estado de Derecho aquel en el cual el Órgano Judicial no sea independiente de los demás órganos del Poder Publico o al contrario, aquel en cual los jueces soberbios desprecien la letra de la ley o quieran erigirse en legisladores. Tampoco es Estado de Derecho aquel en el cual el Órgano Legislativo juega a derribar gobiernos o torna estéril toda gestión pública del Órgano Ejecutivo, ni aquel donde el Órgano Ejecutivo legisla y juzga a la par, para satisfacer una posición personal o partidista, dispuesto a perpetuarse mientras sean efectivas y eficaces los medios represivos o la sumisión del pueblo.
El Estado es la sociedad política y jurídicamente organizada capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares del exterior. Bolivia es un Estado plurinacional, es la organización política y jurídica de una sociedad de varias naciones unidas en un solo Estado con Gobierno de representación plurinacional y sujetas a una única Constitución Política.
(MARIACA, M.,"¿Que es el Estado Plurinacional? ", http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/09/estado- plurinacional.html Consulta: Sábado, 4 Diciembre de 2010).
El Estado plurinacional tiene base en el Principio de la Plurinacionalidad que es el principio político
que permite aspirar al pleno ejercicio de los derechos de todas las naciones que existen en un Estado.
LEY Nº 4021 DE RÉGIMEN ELECTORAL TRANSITORIO (ART. 32)
1. AFROBOLIVIANO / Nor y Sud Yungas Departamento de La Paz Aymara, / castellano
2. ARAONA / Norte De La Paz / Araona
3. AYOREO / Este de Santa Cruz
4. BAURE / Beni
5. CANICHANA / Beni / Canichana
6. CAVINEÑO / Norte del Beni / Cavineño
7. CAYUBABA / Beni / Cayubaba
8. CHACOBO / Beni / Chácobo
9. CHIPAYA* / Lago Poopó Uru, / Puquina, Aymara
10. CHIQUITANO o Arapecosis / Santa Cruz
11. ESE EJJA /Norte Del Beni / Ese ejja
12. GUARANI / Tarija Chuquisaca Santa Cruz / Guaraní
13. GUARASUG'WE / Santa Cruz / Guarasug’we
14. GUARAYO / Santa Cruz / Guarayu
15. ITONAMA / Beni / Itonama
16. JOAQUINIANO
17. KALLAWAYA / La Paz / Machajuyai-kallawaya
18. LECO / La Paz / Leco
19. MACHINERÍ / Machineri
20. MAROPA / Maropa
21. MOJEÑO: / Ignasiano y Trinitario Beni Mojeño
22. MORÉ o ITENEZ /Beni / Moré
23. MOSETÉN / La Paz / Mosetén
24. MOVIMA / Beni / Movida
25. MURATO* / Lago Intikjarka / Uru, Puquina, Aymara
26. PACAHUARA /Noreste De Pando / Pacahuara
27. QUICHUA / Quichua
28. QULLA Bolivia, /Sureste De Peru Norte De Chile Y Argentina / Aymara
29. SIRIONÓ /Santa Cruz Beni / Sirionó
30. TACANA / Beni Y La Paz / Tacana
31. TSIMANE / Beni / Chimán
32. YAMINAGUA / Noroeste De Pando / Yaminagua
33. YUKI / Santa Cruz Cochabamba / Yuki
34. YURACARÉ / Cochabamba / Yuracaré
* Los Muratos y los Chipayas son pueblos Urus. Los otros pueblos Urus son los Chullunis y los Iruitos establecidos en el lago Intikjarka, específicamente en el lago mayor frente a Puno. Entonces la nación URU esta conformada por los pueblos Murato + Iruito + Chipaya + Chullunis establecido en cerca de Puno-Peru, La Paz y Oruro.
Otras naciones que existen en Bolivia y que no están reconocidas por las leyes son:
Nº Nación /Ubicación / Idioma
35. CHIRIGUANO / Chuquisaca
36. IZOZEÑO / Santa Cruz
37. MATACO NOCTENE / Chaco boliviano-paraguayo
38. TAPIETE / Tarija
39. TOROMONA / La Paz
40. WEENHAYEK / Tarija
En un Estado puede haber varias naciones. Y, ¿que es una Nación? Una nación es: “…toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, […].” (CPE Art. 30, numeral I)
Una Nación es una Comunidad en las que sus componentes se reconocen por adelantado en una institucionalidad a la que reconocen como propia y, dentro de la cual, integran sus luchas sociales, sus competencias y mentalidades. (GARCÍA LINERA, Álvaro, “¿Qué es una Nación? en Critica, No.- 3, Septiembre 2001, La Paz, Bolivia, paginas 6 y 7).
Las Naciones de Bolivia son colectividades humanas ubicadas en territorio boliviano que comparten
identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española (CPE Art. 30, numeral I). Como dijimos arriba, en un Estado puede haber varias naciones. Pero no se concibe una Nación que contenga varios Estados. Los Estados pasan, las naciones, quedan; ya que hubo Estado esclavista, feudal, etc., en una misma Nación.
¿Porque naciones? ¿Por que se deja de lado los términos de etnias, pueblos o nacionalidades? Porque la palabra “etnia” deriva del griego ‘ethnos’, que quiere decir ‘pueblo’. Entonces solo nos queda, las palabras: nacionalidades y pueblos. No decimos nacionalidades porque la nacionalidad es un vínculo jurídico del individuo con un Estado concreto, que le generan derechos y deberes recíprocos tanto de Derecho interno como de Derecho internacional. Se determina por el nacimiento y por la voluntad de la persona. Por ejemplo, si la nación qulla o colla— castellanizado—tuviera la posibilidad de reconstituir todo su territorio y establecer su propio Estado: el Qullasuyu, nacería un vínculo jurídico con este Estado en las personas que habitan todo su territorio. Los qullas peruanos, qullas bolivianos, qullas chilenos y qullas argentinos, dejarían de tener nacionalidad boliviana, chilenos, peruanos o argentinos, serian qullas. Decimos esto porque en la actualidad existen qullas peruanos, qullas bolivianos, qullas chilenos y qullas argentinos, porque el territorio qulla abarca esos Estados. El territorio Qulla fue parcelado durante la invasión colonial española con el establecimiento los virreinatos de Lima y de la Plata y mástarde durante el proceso de creación de repúblicas de Perú, Bolivia, Argentina y Chile.
Para acabar este acápite, también se debe diferenciar nacionalidad de la ciudadanía, ya que éste es una categoría política consistente en el vínculo político que une a una persona con el Estado por el cual puede ejercer sus derechos políticos (elegir y ser elegido) y se determina por la edad y la capacidad de las personas, y corresponde al Derecho constitucional y a la ley electoral. En la actualidad en Bolivia gozan de la ciudadanía todos los mayores de 18 años (CPE, Art. 144). Hasta 1952 gozaban de la ciudadanía todos los varones alfabetizados, que tuvieran una propiedad de 12.000 pesos o una renta anual de 2.000 pesos.
Solo nos queda el término, pueblo, que es un subconjunto de la nación compuesta de todas las personas que gozan de la ciudadanía. Es decir todos los mayores de 18 años, en Bolivia, conforma el pueblo. Hay que hacer notar que pueblo también se diferencia de población que es el conjunto de personas que viven en un territorio determinado donde actúa el poder público, sean nacionales, extranjeros, residentes o transeúntes, que están unidas por intereses comunes.
¿Entonces, que es una nación? Una nación es una comunidad en las que sus componentes se reconocen por adelantado en una institucionalidad a la que reconocen como propia y, dentro de la cual, integran sus luchas sociales, sus competencias y mentalidades. Las naciones son fronteras sociales, territoriales y culturales que existen previamente en las cabezas de los connacionales y que tienen la fuerza de objetivarse en estructuras materiales e institucionales. Las naciones son artefactos políticos, construcciones políticas que crean un sentido de pertenencia a un tipo de entidad histórica capaz de otorgar sentido de colectividad trascendente, de seguridad histórica ante los avatares del porvenir, de adhesión familiar básica entre personas a las cuales seguramente nunca se las podrá ver pero con las cuales se supone se comparte un tipo de intimidad, de cercanía histórica, de potencialidades convivenciales que no se las posee con otras personas que conforman la otredad, la alteridad (GARCÍA LINERA, Álvaro, “¿Qué es una Nación?” en Critica, No.- 3, Septiembre 2001, La Paz, Bolivia, paginas 6 y 7).
La idea de "una Nación, un Estado", de la época de Napoleón, se está dejando de lado, para entrar en la idea de que varias naciones no necesariamente tienen que crear sus propios Estados. Esto se verifica con que en el mundo hay unas cinco mil naciones con sus propias lenguas pero no existen tal numero de Estados registrados en la ONU. En este punto hay que advertir que no se debe confundir naciones con idiomas. Por ejemplo la nación Qulla o Colla como se dice castellanizado, habla el idioma aymara. En el Proyecto se reconocen 36 idiomas, además, del castellano, como oficiales.
Los temores de balcanización—desmembración política de un Estado constituido por diferentes etnias o nacionalidades. Es decir cada nación a la larga o a la corta forma siempre su propio Estado— se da cuando el Estado Unitario no reconoce a las naciones. En el caso de la región llamada los Balcanes una nación no reconocía a la otra, cada nación quería que la otra se subsuma en la propia. Se buscaba una homogeneizacion. Lo diverso no era reconocido. La balcanización ocurre cuando se da prioridad a la intraculturalidad dejando de lado la interculturalidad. Eso no sucede si el Estado unitario reconoce la diversidad de naciones y pueblos de su territorio, como se esta haciendo en el caso boliviano. Es por esto que nosotros llamamos a las culturas, a las etnias, a los pueblos y a las culturas:Naciones.
1.1.5 Estado Comunitario
Bolivia se constituye en un Estado Comunitario, que es la organización política y jurídica de la vida social con un modo de producción de basada en la reciprocidad, solidaridad, igualdad en la que participan activamente a través de la democracia comunitaria todos los miembros de la comunidad.
Es una tarea ardua que les espera a las naciones bolivianas: construir esta clase de Estado. Si bien existen resabios como los sistemas de trabajo, especialmente en la nación Qulla como son: La “minka” (ayuda entre “ayllus8”), el “ayni” (ayuda mutua entre familias), la “mit’a” (en castellano, ‘turno’. Trabajo obligatorio de un “ayllu” en beneficio de la “marca9”), la “k’amaña” (utilización de pisos ecológicos para la agricultura y pesca) y el “waki” (trabajo comunal de riesgo compartido. Un “ayllu” contribuye con la semilla, otro “ayllu” trabaja en su siembra, la cosecha se comparte entre ambas) es necesario recuperar la solidaridad que acompañan a estos sistemas de trabajo para utilizarlos en emprendimientos futuros.
El Estado democrático es la organización política y jurídica de la vida social que tiene un sistema político fundamentado en la elección de los gobernantes por el pueblo y ejercidas de forma representativa, participativa y comunitaria. Estado democrático significa que el cambio de autoridades de los Órganos Públicos se la hace periódicamente a través de elecciones generales en las cuales la ciudadanía participa para elegir a sus representantes.
La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán (CPE, Art. 11): Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a Ley. Participativa y Directa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a Ley.
La Democracia Comunitaria esta compuesta por la designación de autoridades en base a:- Principio De Rote."Kalltat irpiri Muyu Kamachi". Axioma por el cual todas las personas pertenecientes a una comunidad deben desempeñar un cargo de autoridad al menos una vez en su vida, obligatoriamente. Este principio es perfectamente seguido por la nación Qulla. La nacion Qulla es un pueblo aymara hablante de origen taypikaleño (tiwanacota10) que en principio habita la alta meseta peru-boliviano alrededor del lago Intikjarka11 (Titicaca) en America del Sur. Actualmente habitan en Bolivia, Norte de Chile, Sureste del Perú y Norte de Argentina.
- Principio De Acatamiento De Las Minorías. Axioma por el cual todas las decisiones de la mayoría deben ser acatadas por las minorías.
La Democracia Comunitaria se diferencia de la Democracia Representativa en lo siguiente: en la democracia comunitaria las minorías acatan y obedecen las decisiones de la mayoría. Cosa que no ocurre en la democracia representativa, las minorías son respetadas por las decisiones de la mayoría.
1.2 Estado intercultural
“Bolivia se constituye en un Estado…, intercultural,…”. Estado intercultural es aquel en el que existe respeto a la cultura de todas las naciones bolivianas en igualdad de condiciones.
La interculturalidad es la interacción e interrelación y la comunicación mutua que realmente existe o convencionalmente se establece entre los miembros de las diversas culturas (Art. 2 inciso a, Ley Nº 045)
El termino “Inter” deriva del latín que significa 'entre' o 'en medio', 'entre varios' e “interacción” es la manifestación voluntaria y ejercicio reciproco de actitudes entre los miembros de una cultura. “Interrelación” es la correspondencia mutua entre personas.
La cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a una sociedad o grupo social en un periodo determinado. Ninguna de las naciones bolivianas puede imponer su cultura a otra. Cada nación tiene un conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a su sociedad en un periodo determinado. Este conjunto que debe ser respetado por las demás naciones. La sobrevaloración de la cultura de alguna de las naciones para imponerla sobre otras naciones es intraculturalidad, que es un concepto que pone énfasis en el desarrollo de lo particular para imponerlo al otro.
Bolivia se constituye en un Estado descentralizado es aquel en que la sociedad política y jurídicamente organizada transfiere y delega por ley competencias de carácter técnico-administrativas
no privativas del órgano Ejecutivo a nivel nacional.
“No privativas” significa que un Gobernador de Departamento no puede representar al Estado boliviano en el exterior, no puede establecer un sistema financiero ni implantar una política monetaria (CPE, 297, 298). Esta competencia es específica del Gobierno central.
La descentralización no debe disminuir las competencias de carácter nacional.1.4 Estado con autonomías
Bolivia se constituye en un Estado con autonomías. Significa que la sociedad boliviana jurídica y políticamente organizada establece regiones geográficas con capacidad de decisión y control propio en el orden legislativo, administrativo, jurídico, político, económico, social y cultural pero en coordinación con el Estado.
Se crean las siguientes autonomías:
Autonomía Departamental (Artículo 278). El órgano ejecutivo de la autonomía departamental estará dirigido por un Gobernador o Gobernadora elegida por voto directo. Este nivel autonómico tendrá 36 competencias exclusivas, entre las que no figura la política general sobre tierras y territorio, y su titulación, que se quedó como una facultad privativa del nivel nacional.
Autonomía Regional (Artículo 281). El gobierno de cada autonomía regional estará constituido por una Asamblea Regional con facultad deliberativa, normativo-administrativa y fiscalizadora, en el ámbito de sus competencias, y un órgano ejecutivo.
Autonomía Municipal (Artículo 284). El órgano ejecutivo estará dirigido por un Alcalde o Alcaldesa y este nivel autonómico tendrá 43 competencias exclusivas.
Autonomía Indígena Originaria Campesina (Artículo 290). Es el autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias (CPE, 289). La autonomía indígena estará basada en territorios ancestrales. Su gobierno se ejercerá a través de sus propias normas y formas de organización, con la denominación que corresponda a cada pueblo, nación o comunidad, establecidas en sus estatutos y en sujeción a la Constitución y a la Ley.
A través de la Constitución política del Estado se reconoce cuatro modelos de autonomía, pero sólo tres de ellos con facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva: las autonomías departamental, municipal e indígena, cada una de ellas con igual rango constitucional. En el caso de la autonomía regional, está concebida como “un espacio de planificación y gestión”.
Los departamentos que optaron por las autonomías departamentales en el referéndum del 2 de julio de 2006, accederán directamente al régimen de autonomías departamentales y deberán adecuar sus estatutos a la Constitución y sujetarlos a control de constitucionalidad.
En España para las autonomías para obtenerlas se necesita negociar con el Congreso. Aquí en Bolivia no sucede de la misma manera. Las autonomías se votan.
No puede haber un Derecho Constitucional Autonómico. Ya que las autonomías no tienen Poder Constituyente, el cual se reserva el Estado, por eso las normas fundamentales, las normas base, las normas de inicio de las autonomías se llaman Estatutos. Las autonomías no buscan soberanía, sino que buscan descentralizar el Estado.
Determina que una Ley Marco de Autonomías y Descentralización “regulará el procedimiento para la elaboración de Estatutos autonómicos y Cartas Orgánicas, la transferencia y delegación competencial, el régimen económico financiero, y la coordinación entre el nivel central y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas”. Además, establece que las regiones deberán adaptar sus estatutos al texto de CPE.
Así, en resumen, Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Constituir significa “dar forma” y, cuando de Derecho se trata, equivale a “determinar” (formar) las reglas de funcionamiento y distribución del Poder.
Las reglas de funcionamiento y distribución del Poder, el Estado boliviano, las funda en la pluralidad
(diversidad de naciones), en el pluralismo político (participación en la vida política de toda la diversidad de organizaciones de representación popular), en el pluralismo económico (aseguramiento de distintas formas de propiedad: pública, privada, asociativa, cooperativa y comunitaria), en el pluralismo jurídico (el Estado no es el único centro productor de normas jurídicas sino también el producido por las naciones y grupos sociales diferentes al Estado), en el pluralismo cultural (rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a una sociedad) y en el pluralismo lingüístico (diferentes idiomas) con el único límite de permita la
integración del mismo Estado.
Estos fundamentos sobre las que el Estado boliviano basa la distribución del poder los desarrollaremos en la siguiente parte.
ARTÍCULO 1º. Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
Las reglas de funcionamiento y distribución del Poder, el Estado boliviano, las funda en los principios como: a pluralidad (sistema por el que se acepta la diversidad política, religiosa, económica, cultural, o cualquier otra), en el pluralismo político (participación en la vida política de toda la diversidad de organizaciones de representación popular), en el pluralismo económico (diversidad de formas de propiedad y formas de organización económica del Estado), en el pluralismo jurídico (el Estado no es el único centro productor de normas jurídicas sino también el producido por las naciones y grupos sociales diferentes al Estado), en el pluralismo cultural (rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a una sociedad) y en el pluralismo lingüístico (diferentes idiomas) con el único límite de permita la integración del mismo Estado.
Bolivia para constituirse como Estado se basa en la pluralidad. Y, ¿Qué significa este termino? El pluralismo es el sistema por el que se acepta y se tolera la diversidad política, religiosa, económica, cultural, o cualquier otra. El pluralismo es una actitud de tolerancia hacia diferentes modos de pensar o de actuar.
Bolivia se funda en el pluralismo político. El Pluralismo político es la existencia de diversidad de organizaciones de representación popular (ORP, partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas) y participación de los mismos en los asuntos políticos del país, sin restricciones ideológicas siempre y cuando se respeten los principios básicos del régimen democrático multipartidario y constitucional.
Esos principios básicos a respetarse son:
El Principio de Participación: Los ciudadanos a través de las organizaciones de representación popular tienen el derecho de participar a plenitud y con absoluta libertad en la constitución democrática de los poderes públicos.
El Principio de Soberanía Popular. Las elecciones expresan la voluntad popular y constituyen el mecanismo constitucional de renovación periódica de los Poderes del Estado.
El Principio de Igualdad. Todos los ciudadanos gozan de los mismos derechos y garantías consagrados por la Constitución Política del Estado y las Leyes.
El Principio de Transparencia. Los actos que surgen del proceso electoral son públicos y se rigen por los preceptos legales que lo reglamentan.
El Principio de Publicidad. Las actuaciones que derivan de la realización de elecciones, desde
su convocatoria hasta su culminación, serán de conocimiento de los agentes involucrados en el proceso eleccionario. Y
El Principio de Preclusión. Las etapas del proceso electoral no se repetirán ni se revisarán.
1.5.3 Pluralismo económico
Pluralismo económico. Sistema por el cual se acepta y se permite aseguramiento de las Formas De Propiedad y las Formas De Organización Económica Del Estado (QUISBERT, Ermo, "Pluralismo Economico", 2010, http://jorgemachicado.blogspot.com/2010/03/plueco.html Consulta: Viernes, 3 Diciembre de 2010).
en las leyes.
Formas De Propiedad.
Las Formas De Propiedad que establece la Constitución política del Estado (CPE, 339, 349, 357, 359, 372, 381 II; CPE, 56, 393, 394 I; CPE, 394 III) son cuatro:
- Propiedad Pública
- Propiedad Privada. La propiedad privada puede ser individual o colectiva (CPE, 59 I). Ambas deben cumplir con una función social.
- Propiedad Cooperativa.
- Propiedad comunitaria.
Las Formas De Propiedad dan lugar a las formas de explotación económica. Este principio, el pluralismo económico, es la base para las Formas De Organización Económica del Estado boliviano (CPE, 306 numeral II, 307-310) que son:
- La comunitaria
- La estatal,
- La privada, y
- La cooperativa.
Las Formas De Organización Económica son modos de proceder de una asociación de personas y/o bienes afectados a la explotación económica debidamente reconocidos por el ordenamiento jurídico y regulado por un conjunto de normas jurídicas en función de determinados fines comunes, licitos y de utilidad económica.
Decimos modos porque el comportamiento de las son diferentes unas de las otras. La privada busca el lucro. La estatal busca el bienestar de la sociedad. La cooperativa busca satisfacer necesidades de un grupo. La comunitaria en esencia busca satisfacer la soberanía alimentaría.
Decimos asociación de personas porque el ser humano para satisfacer sus necesidades que no puede ser satisfecha en forma individual. El origen está en la época medieval de los gremios y corporaciones y se desarrolla junto al comercio.
Sin bien los objetos no pueden asociarse pero pueden afectarse. Por eso decimos bienes afectados, en este caso a la búsqueda de utilidad económica.
Esta asociación de personas y bienes afectados deben iniciar un tramite pera obtener su personalidad jurídica. Es decir debe ser reconocido por el ordenamiento jurídico. Y luego de este paso, para su funcionamiento se debe someter a un conjunto de normas, empezando desde la Constitución Política del Estado, la ley de cooperativas, al código de comercio, a las normas de adquisición de bienes por el Estado, a las normas administrativas del Estado o a los usos y costumbres de las naciones indias bolivianas.
Está demás decir que estas asociaciones de personas y bienes deben buscar fines lícitos. Sus actividades deben enmarcarse a lo que permite la ley.
Las formas de organización económica podrán constituir empresas mixtas (CPE, 306 IV). Es decir las cooperativas, las privadas y las formas de organización comunitarias podrán formar sociedades de economía mixta (SEM14) con las empresas del Estado.
Todas las formas de organización económica gozan de igualdad jurídica ante la ley (CPE, 311 párrafo I). Ésta igualdad se refiere a la De igualdad de las partes según el cual sus distintos sujetos principales -el que solicita una tutela jurisdiccional y aquel frente al cual esa tutela se solicita- deben disponer de iguales medios para defender en el proceso sus respectivas posiciones, esto es, debe ser titulares de derechos procesales semejantes, de posibilidades parejas para sostener y fundar lo que cual convenga. De ahí que parte de la doctrina llame a este principio de “igualdad de armas”.
Pero a esta garantía también se contraponen, obligaciones (CPE, 312, 316, numeral 9). Las formas de organización económica tienen la obligación de:- Generar trabajo digno,
- Contribuir a la erradicación de la pobreza,
- Fortalecer la soberanía económica del país,
- Proteger el medio ambiente,
- Ejecutar el plan general de desarrollo.
Organización Económica comunitaria. Asociación de personas, comunidades y/o bienes afectados a la producción y reproducción de la vida social fundados en los principios y visión propios debidamente reconocidos por el ordenamiento jurídico y regulado por un conjunto de normas jurídicas en función de determinados fines comunes, licitos (CPE, 307).
Así por ejemplo la nación Qulla tiene aun las siguientes formas de organización económica:
- La “mink’a” (ayuda entre “ayllus”),
- El “ayni” (ayuda mutua entre familias),
- La “mit’a” (en castellano, ‘turno’. Trabajo obligatorio de un “ayllu” en beneficio de la “marca”),
- La “k’amaña” (utilización de pisos ecológicos para la agricultura y pesca) y
- El “waki” (trabajo comunal de riesgo compartido. Un “ayllu” contribuye con la semilla, otro “ayllu” trabaja en su siembra, la cosecha se comparte entre ambas) es necesario recuperar la solidaridad que acompañan a estos sistemas de trabajo para utilizarlos en emprendimientos futuros.
Organización Económica estatal. Conjunto de personas jurídicas y/o bienes afectados a la producción debidamente reconocidos por el ordenamiento jurídico y regulado por un conjunto de normas jurídicas en búsqueda del bienestar de la sociedad en general.
Comprende a las empresas y otras entidades económicas de propiedad estatal que administren• Los recursos naturales, su cadena productiva y los procesos de industrialización;
• Los servicios básicos de agua potable y alcantarillado;
Produzcan
• Bienes y servicios, y
Promuevan
• La democracia económica
• El logro de la soberanía alimentaria.
• Garantizar la participación de los trabajadores en la toma de decisiones y en los beneficios. (CPE, 309).
Organización Económica privada. Asociación de personas y/o bienes afectados a la explotación económica debidamente reconocidos por el ordenamiento jurídico y regulado por un conjunto de normas jurídicas que busca el lucro.
“Artículo 308.
I. El Estado reconoce, respeta y protege la iniciativa privada, para que contribuya al desarrollo económico, social y fortalezca la independencia económica del país.
II. Se garantiza la libertad de empresa y el pleno ejercicio de las actividades empresariales, que serán reguladas por la ley.” (Constitución política del Estado)
Organización Económica cooperativa. Conjunto de personas jurídicas y/o bienes afectados a la producción debidamente reconocidos por el ordenamiento jurídico y regulado por un conjunto de normas jurídicas en búsqueda de satisfacer las necesidades de un grupo de personas.
La cooperativa es una sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales con estructura y funcionamiento democrático, conforme a los principios formulados por la Alianza Cooperativa Internacional.
Pueden existir cooperativas:
• de trabajo asociado,
• de consumidores y usuarios,
• de viviendas,
• agrarias,
• de explotación comunitaria de la tierra,
• de servicios,
• del mar,
• de transportistas,
• de seguros,
• sanitarias,
• de enseñanza y
• de crédito.
Se constituyen mediante escritura pública que deberá inscribirse en el Registro de Sociedades Cooperativas, y se requieren tres socios. Los socios no asumen responsabilidades personales, salvo disposición contraria de los estatutos. Son órganos de la cooperativa, la asamblea general, el consejo rector, y la intervención.
El Estado fomentará y regulará la organización de cooperativas mediante la ley (CPE, 310). El sistema cooperativo se sustenta en los principios de solidaridad, igualdad, reciprocidad, equidad en la distribución, finalidad social, y no lucro de sus asociados (CPE, 55).
El Estado priorizará la demanda de servicios financieros de las cooperativas de producción (CPE, 330 II).
En materia de minería el Estado reconocerá como actor productivo a las sociedades cooperativas
(CPE, 369 I) y las fortalecerá (CPE, 370 II).
El Estado promoverá y fortalecerá las organizaciones económicas productivas rurales (CPE, 406 II).
El Estado puede a través de las cooperativas desarrollar cadena productiva energética (CPE, 378 II).
Las cooperativas de servicios públicos serán organizaciones de interés colectivo y serán sometidas
a control gubernamental (CPE, 335).
1.5.4 Pluralismo jurídico
Una nación goza del derecho al ejercicio de su sistema jurídico (CPE, 30 inciso 14) además de impartir Justicia: (CPE, 178, 191). La Teoría de la Institución rompe la idea central de la Teoría Estatalista, que considera Derecho, solamente al estatal, que no hay otro Derecho diferente del estatal. Para la Teoría Estatalista el Estado es el Dios terrenal, es decir, no reconoce ningún sujeto ni por encima ni por debajo de él, al cual los individuos y grupos deben obediencia incondicional.
La elaboración teórica mas depurada es la filosofía del Derecho de Georg Wilhelm Friedrich HEGEL.
El Pluralismo Jurídico basado en la Teoría de la Institución afirma que el Estado no es el único centro productor de normas jurídicas sino también el producido por los grupos sociales diferentes al Estado, siempre y cuando: a) determinen sus fines propios, b) establezcan los medios para llegar a esos fines, c) distribuyan funciones especificas de los individuos que componen el grupo para que cada uno colabore, a través de lo medios previstos, para el logro del fin y d) que tengan diferente cultura.
1.5.5 Pluralismo cultural
Bolivia se funda en el pluralismo cultural. El pluralismo cultural es el reconocimiento de naciones con diferentes culturas consideradas en un usual nivel. Como ya se dijo arriba la cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a una sociedad o grupo social en un periodo determinado. “La diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario” (CPE, Art. 98).
Bolivia reconoce que hay naciones con diferentes culturas, pero no acepta que una cultura sea considera superior a otra. No apoya la intraculturalidad sino apuntala e incentiva la interculturalidad.
Ninguna de las naciones bolivianas puede imponer su cultura a otra. Cada nación tiene un conjunto de rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos, que caracterizan a su sociedad en un periodo determinado. Este conjunto que debe ser respetado por las demás naciones. La sobrevaloración de la cultura de alguna de las naciones para imponerla sobre otras naciones es intraculturalidad, que es un concepto que pone énfasis en el desarrollo de lo particular para imponerlo al otro.
1.5.6 Pluralismo lingüístico
Bolivia se funda en el pluralismo lingüístico que es el principio por el cual se guían las leyes y el ordenamiento jurídico de un Estado consistente en el reconocimiento de los idiomas que existen en su territorio para convertirlos en idiomas oficiales. Una nación goza del derecho al ejercicio de su idioma (CPE, 30 inciso 9). Las universidades deberán implementar programas para la recuperación, preservación, desarrollo, aprendizaje y divulgación de las diferentes lenguas de las naciones (CPE, 95 numeral II). Bolivia reconoce como oficiales los idiomas de las naciones que la componen. Son idiomas oficiales del Estado el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que son el aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasuawe, guarayu, itonama, leco, machajuyai-kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uruchipaya, weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco.
El Gobierno plurinacional y los gobiernos departamentales deben utilizar al menos dos idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el castellano, y el otro se decidirá tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población en su totalidad o del territorio en cuestión. Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano (CPE, 5).
Así, en resumen, Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. Fundar significa “basarse”, “establecerse sobre”, “guiarse a través de principios”. Y un Principio es un axioma que plasma una determinada valoración de justicia de una sociedad, sobre la que se construyen las instituciones del Derecho y que en un momento histórico determinado informa del contenido de las normas jurídicas de un Estado.
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